controversias jurídicas que fueron debidamente estudiadas y debatidas al interior del proceso de reparación directa. Como quedó expuesto, los actores plantean una afectación de los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y de acceso a la administración de justicia que tienen su origen en últimas en un debate estrictamente normativo, los cuales ya fueron expuestos dentro del proceso del medio de control de reparación directa y fue decidido por el juez natural de la causa, por lo que no le corresponde al juez constitucional hacer un pronunciamiento adicional, toda vez que ello implicaría desconocer el principio de autonomía e independencia judicial y desnaturalizaría el mecanismo constitucional convirtiéndolo en una instancia adicional.