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ANM emitió concepto refiriéndose a la normatividad que rige a los contratos de operación minera

Escrito por  Feb 13, 2023

La ANM indicó que el contrato de operación deberá regirse por las normas del derecho privado y bajo las cláusulas que se estipulen entre el titular minero y el operador minero o subcontratista, escapando dicho acuerdo de voluntades a la regulación misma del código de minas

y, por ende, del conocimiento, control y competencia de la autoridad minera. Se insiste que, en cualquier caso, el titular minero seguirá siendo el legalmente responsable por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del título.

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Modificado por última vez en Domingo, 12 Febrero 2023 22:23