mineros y desarrollar proyectos de minería mediante el otorgamiento del contrato especial de concesión minera, de que tratan los artículos 31 y 248 de la Ley 685 de 2001", entidad encargada y facultada para otorgar los contratos especiales de concesión minera en favor de las comunidades que hayan ejercido labores de explotación de manera tradicional.