previsto en la Resolución Externa No. 10 de 2022. Adicionalmente, se actualizan algunas instrucciones relacionadas con el reporte de las operaciones de derivados”.
“La Circular incorpora modificaciones con el fin de ajustar la definición de agentes del exterior autorizados para las operaciones de derivados de crédito y establecer los requisitos de suministro de información y reportes al Banco de la República correspondientes, según lo
previsto en la Resolución Externa No. 10 de 2022. Adicionalmente, se actualizan algunas instrucciones relacionadas con el reporte de las operaciones de derivados”.