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Concepto de la DIAN sobre servicios de salud que quedan gravados a la tarifa del 5%

Escrito por  Sep 19, 2022

En primer lugar, se aclaró que, se debe entender por servicios de salud, todos aquellos que en forma directa recaen sobre la persona humana, en sus facetas preventiva, reparadora y mitigadora, ubicándose dentro de la exclusión, todos aquellos servicios destinados a la atención

de la salud humana, prestados por profesionales debidamente registrados y autorizados por la entidad a quien la ley ha confiado su control y vigilancia. En tal sentido, el artículo 468-3 del Estatuto Tributario estableció que, a partir del 1 ° de enero de 2013, los siguientes servicios quedan gravados con la tarifa del cinco por ciento (5%): “Los planes de medicina prepagada y complementarios, las pólizas de seguros de cirugía y hospitalización, pólizas de seguros de servicios de salud y en general los planes adicionales, conforme con las normas vigentes”

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