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SSPD: en el servicio de energía eléctrica, el propietario del medidor será quien pague por este

Escrito por  Jul 19, 2022

A través del presente concepto la SSPD aclaró que, en materia del servicio público de energía eléctrica, el propietario del medidor será quien pague por este, según el contrato de condiciones uniformes, teniendo en cuenta que, en todo caso, el prestador podrá exigir al usuario

que adquiera los instrumentos necesarios para la medición. Se precisó que, el prestador no puede hacerse a la propiedad del medidor por el sólo hecho de ser sustituido por mal funcionamiento o por avance tecnológico, incluso si el prestador termina instalándolo por inacción del usuario, pues en ese caso, debe proceder a cobrar el valor del equipo al usuario para que se mantenga de su propiedad y puedan predicársele las obligaciones de cuidado y responsabilidad como dueño.

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Modificado por última vez en Lunes, 18 Julio 2022 19:39