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Consejo de Estado no repone decisión adoptada en auto que avocó conocimiento de legalidad de circular expedida por la ANI, en cuanto a la gestión de la correspondencia interna y externa en esa Entidad

Escrito por  Nov 05, 2020

Para la Sala, como ya se manifestó en el auto recurrido y se demostró, la Circular 20204090052033 DE 27 DE MARZO DE 2020, además, de fundamentarse en el Decreto Legislativo 440 DE 2020, “medidas de urgencia en materia de contratación estatal, con ocasión del Estado de Emergencia del COVID-19”, específicamente su artículo 9°,

también adoptó medidas tendientes a: (I) instruir o recomendar a sus funcionarios los trámites digitales que deben realizar sobre la radicación de correspondencia interna y externa de la Entidad – como bien lo señaló la autoridad recurrente – y (II) suspender la atención presencial a sus usuarios, así como la recepción de correspondencia física, lo que deja en evidencia su carácter general, pues los efectos de su decisión trascienden al del personal de la Agencia, siendo este medio de control el idóneo para su estudio.

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