los operadores jurídicos tener certeza y claridad de la conducta reprochada”.
La Sala concluyó que la norma acusada debe ser declarada inexequible por cuanto vulnera la Carta Política, “toda vez que el legislador excedió su facultad de configuración, dado que incorporó al precepto acusado conceptos indeterminados, ambiguos y vagos que no permiten determinar las reglas de responsabilidad de los destinatarios del régimen disciplinario militar, ni a
los operadores jurídicos tener certeza y claridad de la conducta reprochada”.