Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Texto de la sentencia de la Corte que declaró exequibles los procedimientos de la acción de grupo

Escrito por  Mar 02, 2022

Para la Corte “la modificación normativa introducida por el legislador establecidas en (norma acusada artículo 145 del CPACA, sobre la reparación de los perjuicios causados a un grupo) fortalece el acceso a la justicia y la eficiencia judicial, toda vez que permite que en una misma acción se desarrollen dos procedimientos que antes requerían acciones diferentes y de ninguna

forma entorpecen los procedimientos de la acción de grupo, sino propenden por permitir que el ciudadano afectado pueda acceder a su indemnización con mayor celeridad y garantía de seguridad jurídica”. “En conclusión, la Corte declarará exequibles los artículos 145, inciso segundo, y 164, numeral 2 literal h (parciales) de la Ley 1437 de 2011, por cuanto este no desconoce la naturaleza y finalidades que la Constitución asigna a la acción de grupo, ayuda a materializar los fines legítimos del Estado, se ajusta a un criterio de razonabilidad y proporcionalidad y respeta la garantía de acceso a la administración de justicia y la primacía del derecho sustancial”.

Descargar documento