A través del presente concepto se indicó que, "si una vez impuesta la orden de comparendo se acepta dentro de los 05 días siguientes a la imposición del comparendo y se realiza curso sobre normas de tránsito se pagara el 50% del valor de la sanción, si por el contrario se hiciere dentro de los veinte días siguientes a la imposición del comparendo y asistiendo a un curso sobre normas de tránsito aplicara el 75% de la sanción."