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SSPD absolvió preguntas relativas al control interno de las empresas de servicios públicos domiciliarios de carácter oficial

Escrito por  Ene 31, 2022

“El artículo 46 de la Ley 142 de 1994 define el control interno como el conjunto de actividades de planeación y ejecución que busca lograr los objetivos de cualquier empresa de servicios públicos. Este control debe contar con medidas objetivas de resultado o indicadores de gestión, alrededor de diversos objetivos, para asegurar su mejoramiento y evaluación.

Por su parte, el artículo 48 ibídem señala que las empresas de servicios públicos pueden contratar con empresas privadas especializadas la definición y diseño de los procedimientos de control interno, así como la evaluación periódica de su cumplimiento conforme a las reglas que señalen las comisiones. Así mismo, el artículo 49 de la Ley 142 de 1994 señala que el control interno es responsabilidad de la gerencia de cada empresa”.

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