De forma posterior, por los jueces competentes, cuando lo reciben por remisión efectuada por el gobernador del Departamento.
A través del presente concepto se aclaró que las funciones de los concejos municipales son eminentemente administrativas y no legislativas y se desarrollan a través de la expedición de actos administrativos denominados acuerdos, cuyo control de legalidad es efectuado de manera previa tanto por el alcalde municipal, cuando recibe el proyecto para su sanción, como por el gobernador, cuando recibe copia del acuerdo sancionado para realizar la revisión jurídica pertinente.
De forma posterior, por los jueces competentes, cuando lo reciben por remisión efectuada por el gobernador del Departamento.