De acuerdo con el presente concepto, la reglamentación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, prevista en el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, no contempla la naturaleza jurídica de tuberías, accesorios, estructuras y/o equipos que integran los tres tipos de redes mencionadas en la parte considerativa de esta respuesta (red interna, red primaria y red secundaria).