La Sala concluyó que debe aplicarse el tope de 25 SMLMV a la mesada pensional, como consecuencia de la declaración de nulidad parcial de los actos acusados, la UGPP, deberá pagar en forma indexada a la demandante el retroactivo derivado de la reliquidación pensional. La Alta Corte aclara que el tope pensional previsto en dicho acto se encuentra ajustado a derecho.