parte del suscriptor o usuario del servicio.
De acuerdo con el concepto de la SSPD, cuando el suscriptor o usuario de un servicio público incumple el contrato, y por tal causa se suspende el servicio por parte del prestador, una vez superada la causa que dio a lugar a la interrupción del suministro, procede su reconexión y el consecuente pago de los costos en que incurra el prestador para reconectarlo, por
parte del suscriptor o usuario del servicio.