medición de un consumo real se subordina a la lectura que arrojan los medidores en correcto funcionamiento.
La SSPD indicó que, técnicamente el cálculo o contabilización del consumo realizado a través de instrumentos de medida supone la correcta medición del servicio, de ahí que se denomine como “real”, en contraposición al concepto de “consumo estimado”, el cual aplica en casos en los que la medición real e individual no resulta posible. En ese sentido, la
medición de un consumo real se subordina a la lectura que arrojan los medidores en correcto funcionamiento.