prevención de las conductas señaladas en el artículo 2o de la presente ley.”
De acuerdo con el concepto 220-127030-2021 “La Superintendencia de Sociedades promoverá en las personas jurídicas sujetas a su vigilancia la adopción de programas de transparencia y ética empresarial, de mecanismos internos anticorrupción, de mecanismos y normas internas de auditoría, promoción de la transparencia y de mecanismos de
prevención de las conductas señaladas en el artículo 2o de la presente ley.”