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Concepto sobre el tiempo con el que cuenta la SSPD para expedir acto que impone la sanción administrativa

Escrito por  Ago 23, 2021

La SSPD cuenta con un término de caducidad de cinco (5) años para la expedición del acto que impone la sanción administrativa, siempre que la conducta se haya realizado con posterioridad al 25 de mayo de 2019; de lo contrario, es decir, para los hechos acaecidos antes de dicha fecha, la caducidad será de tres (3) años.

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