y el proyecto se declarará inconstitucional”
Para la Sala, la definición del régimen prestacional de la Fuerza Pública es una competencia privativa del Gobierno Nacional con sujeción a las reglas generales contenidas en una ley marco que el Congreso aprueba, previo proyecto presentado. “En este caso, el proyecto de ley fue iniciativa de una congresista y los ministros se opusieron al contenido del proyecto, por lo la objeción es fundada
y el proyecto se declarará inconstitucional”