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Miércoles, 23 Septiembre 2026

Edición 1728 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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El Consejo de Estado niega el amparo invocado por 21 ciudadanos en contra de la providencia proferida en segunda instancia por la Sección Tercera del Consejo de Estado, contra la Nación, el Ministerio del Interior, el Ministerio del Medio Ambiente, el departamento de Antioquia, el municipio de Fredonia,

Entre varias de las propuestas, los ponentes formulan una reducción del contenido de azufre en la gasolina y que a partir del 1° de enero de 2028 todos los vehículos con motor ciclo “otto” que se importen o ensamblen para tránsito nacional tendrán que cumplir con límites máximos permisibles de emisión correspondiente a tecnologías Euro 6, su equivalente o superior.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Resolución 1407 de 2018, la elaboración, formulación y presentación del plan de gestión ambiental de residuos de empaques y envases es responsabilidad de todos los productores en el territorio nacional.

La Ley 99 de 1993, establece que las Corporaciones Autónomas Regionales, cuentan con tres órganos de dirección y administración: Director General, Asamblea Corporativa y Consejo Directivo.

Las autoridades ambientales deben priorizar y dar trámite inmediato a las solicitudes de concesiones, de aguas superficiales y subterráneas presentadas por los municipios, distritos o personas prestadoras de servicio público domiciliario de acueducto, según corresponda, siempre y cuando dichas solicitudes estén destinadas a los sistemas de acueductos urbanos y rurales y para tal efecto, los términos previstos para el trámite de las concesiones de agua superficiales, se reducen a una tercera parte.