“Dada la autonomía administrativa y financiera que la Constitución Política ha otorgado a las Corporaciones Autónomas Regionales, se puede concluir que los honorarios de éstos órganos colegiados, son los fijados por la Asamblea Corporativa y determinados bajo sus mismas reglas, razón por la cual deberá remitirse a los Estatutos y a las actas de este organismo colegiado,
De acuerdo con la doctrina publicada por el MinAmbiente, lo dispuesto en el Código Civil en relación con el dominio de las aguas y sus cauces no puede entenderse de manera desarticulada con las normas posteriormente expedidas a través del Decreto Ley 2811 de 1974, que adopta el Código de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente
“Estarán sujetos a licencia ambiental únicamente los proyectos, obras y actividades que se enumeran en los artículos 2.2.2.3.2.2 y 2.2.2.3.2.3 del Decreto 1076 de 2015” así lo estableció el MinAmbiente a través de la publicación de un concepto. Puede consultar a detalle la referencia descargando el documento publicado por la entidad.
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 465 de 2020, mediante el cual adicionó transitoriamente el Decreto 1076 de 2015- Decreto Único Reglamentario del sector de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional a causa de la Pandemia COVID-19. Puede conocer todas las medidas adoptadas consultando el documento publicado por la entidad.
El Proceso tiene por objeto seleccionar de manera objetiva, bajo los principios de igualdad, transparencia, imparcialidad, responsabilidad y publicidad, los cuatro (4) Proyectos de Investigación más favorables a los intereses de la Nación, entre los presentados por Participantes Habilitados con sujeción a los requisitos exigidos en los presentes Términos de Referencia,