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Jueves, 09 Mayo 2024

Edición 1161 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

A través de este concepto de abogacía de la competencia de la SIC, la Entidad hace observaciones frente a un proyecto de norma en el  que MinTic identificó que las normas que hacen referencia al tope máximo de ERE para uso en servicios móviles terrestres, no contemplaban reglas aplicables para la contabilización de dichos topes en los eventos en que existiera control societario, control competitivo, grupo empresarial o se hubiere implementado una figura asociativa entre los agentes respecto de los cuales se contabilizaría el mencionado tope. En consecuencia, el proyecto propone la introducción de las reglas para contabilizar los topes máximos de ERE por PRST ante los mencionados eventos.

A través de este concepto de abogacía de la competencia de la SIC se indica que el proyecto de norma de MinTic abarca las convocatorias que estén dirigidas a promover el acceso o servicio universal a las TIC en zonas rurales, urbanas o geográficamente aisladas, que priorice la población pobre y vulnerable, así como aquellas dirigidas a los PRST que brinden acceso a internet fijo residencial minorista que tengan menos de treinta mil (30.000) usuarios reportados en el Sistema de Información Integral del Sector de TIC. La priorización de los proyectos presentados por los proveedores será ejecutada por el FUTIC o el tercero que este contrate, según los criterios de priorización y puntajes que se hayan definido en cada convocatoria.

Se trata del “marco general del régimen de garantías del sector y sobre la que se modifica de manera exclusiva el régimen de garantías aplicable a los permisos de uso de espectro en bandas identificadas para IMT. Con esta resolución se busca fortalecer la sostenibilidad del sector y promover la inversión, principios que rigen el sector de las telecomunicaciones y que le permiten al Estado avanzar en su objetivo de generar conectividad y tecnología para cambiar la vida de los colombianos”.

De acuerdo con lo indicado en el concepto, “el proyecto de norma ordena el inicio del procedimiento de selección objetiva para el otorgamiento de permisos para el uso del ERE a nivel nacional. Estos permisos dan al asignatario el derecho de explotar el ERE por su cuenta y riesgo13, con una vigencia de 20 años contados desde la firmeza del acto administrativo particular de asignación del respectivo permiso. Esta subasta comprende ERE de múltiples rangos de frecuencia, que a su vez pertenecen a las tres bandas de frecuencia definidas por la regulación (bajas, medias y medias altas).

Esta norma establece los requisitos, las condiciones y el procedimiento que permitirá que Colombia inicie el camino para la oportuna masificación de la tecnología 5G en el país. “La Resolución se expide luego de que se evaluara y efectuará ajustes de acuerdo con el concepto de abogacía de la competencia por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio, y tras recibir cerca de 500 comentarios por parte de más de 20 interesados en el proceso para el despliegue de la tecnología 5G”.