En el presente proceso, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina abordó una consulta sobre la presunta infracción de derechos de autor relacionada con la grabación y comunicación pública de una clase en vivo dictada por NSDIS Animation Software S.A. Esta empresa alegó que varios estudiantes grabaron y reprodujeron las clases sin su autorización, incurriendo en una infracción de los derechos patrimoniales del autor. La decisión del Tribunal se centra en la interpretación del literal b) del artículo 4 de la Decisión 351, que protege obras como conferencias, alocuciones y sermones. Se estableció que estas obras son consideradas objeto de protección del derecho de autor, ya que son exposiciones orales que pueden reproducirse o divulgarse.
La Cámara Colombiana del Libro (CCL) ha implementado el Servicio Antipiratería Digital (SAD) para proteger los derechos de autor y combatir la piratería digital, en colaboración con el Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO) y el Centro Colombiano de Derechos Reprográficos (CDR). Este servicio permite detectar, retirar y desindexar contenidos en Internet que infringen derechos de autor. Mensualmente, la CCL consolidará hasta 150 obras de editoriales afiliadas para su inclusión en el SAD. Además, el servicio es gratuito, proporcionando a los afiliados una protección activa contra la piratería digital y optimizando recursos a través de una gestión centralizada. Esta iniciativa refuerza el compromiso de la CCL con la defensa de los derechos de autor y el fortalecimiento del sector editorial en Colombia.
El Consejo de Estado declaró nula la Resolución 4786 de 2015, emitida por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), que suspendió los efectos del Reglamento Técnico para Redes Internas de Telecomunicaciones (RITEL). Los demandantes en este caso fueron RCN Televisión S.A. y Caracol Televisión S.A., quienes argumentaron que la suspensión afectaba directamente su capacidad para competir en el mercado de telecomunicaciones.
El proyecto de ley 394 de 2025(S) tiene como objetivo regular y promover la creación de contenido digital en Colombia, asegurando la libertad e independencia de los creadores y promoviendo un ecosistema digital responsable. Busca fomentar el ejercicio seguro y responsable de la creación de contenidos, prevenir problemáticas asociadas al uso de medios digitales, y proteger los derechos de los consumidores y el interés público. La iniciativa establece principios fundamentales como la no limitación del derecho a la libertad de expresión y la autorregulación por parte de los creadores. Además, propone la creación de un Registro Nacional de Creadores de Contenido, gestionado por el Ministerio del Interior, para focalizar inversiones y políticas que profundicen la libertad de expresión. La iniciativa se clasifica como una respuesta a la necesidad de regular el mercado digital y asegurar la protección laboral y social de los creadores. Los autores de este proyecto son los senadores Julio Ferney Silva Chacón y Gustavo Moreno, junto con otros miembros del Congreso de Colombia, quienes buscan legislar en favor de los aspectos sociales, culturales y educativos que impactan a la sociedad en el entorno digital.
El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina abordó el tema de las excepciones al derecho de autor en el contexto digital, específicamente en relación con los literales a) y f) del artículo 22 de la Decisión 351. La excepción del literal a) se refiere a la cita de obras, donde se determina que, en entornos digitales como redes sociales y páginas web, se debe identificar al autor y el espacio donde su obra fue publicada. Esto implica que no es suficiente con nombrar a un autor de forma genérica, sino que debe incluirse su identidad digital en su cuenta oficial.