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Viernes, 26 Junio 2026

Edición 1669 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Consejo de Estado denegó la nulidad del decreto 2195 de 2013, por el cual se establece el otorgamiento de Subsidios al Consumo de GLP distribuido por cilindros.

La Corte encontró que las reglas sobre el dictamen pericial para la resolución de controversias técnicas en materia de contratos estatales de exploración y explotación de petróleo,

El proceso de distribución de combustibles líquidos en zonas de frontera, los cuales están excluidos de IVA y exentos de arancel e impuesto nacional a la gasolina y al ACPM– y la determinación general de la forma como se fija el volumen máximo a distribuir, se encuentra regulado en el artículo 9° de la Ley 1430 de 2010, “Por medio de la cual se dictan normas tributarias de control y para la competitividad”.

Se modifica el artículo vigésimo de la Resolución 107 del 22 de noviembre de 2011, en el sentido de aprobar el acogimiento al porcentaje incremental señalado en artículo 321

En una circular publicada por la CREG, la entidad informó que evaluó los casos de los comercializadores de gas combustible sobre la pérdida de vigencia de cargos de distribución y de comercialización aprobados por la Comisión y de la Metodología para remunerar la actividad de distribución de gas combustible por redes de tubería y determinó cosos en los que resulta necesario excluir a empresas de la relación de cargos que perdieron vigencia.