CREG definió la Capacidad de Compra en los términos de los artículos 8 y 9 de la Resolución CREG 063 de 2013, para cada uno de los distribuidores de GLP que se encuentran en la parte resolutiva del documento publicado por la entidad, identificados de acuerdo con el reporte de información en el Sistema único de Información, SUI, así como el Registro Único de Prestadores
CREG publicó el informe proferido por el auditor de la subasta de productos C1 realizada el pasado 3 de septiembre, el cual forma parte de los documentos anexos a la circular. Puede conocer los detalles descargando el documento publicado por la entidad.
Para la Entidad, de acuerdo con el análisis realizado en relación con la cofinanciación de proyectos previos y las necesidades de las comunidades beneficiadas, se determinó que es necesario viabilizar la cofinanciación los derechos de conexión, redes o instalaciones internas y redes de distribución con los recursos del FECFG; por tanto es necesario modificar
A través del acto administrativo, se estableció que se entregará un dictamen pericial con el costo de reposición para el gasoducto Chicoral - Flandes de propiedad de Progasur S.A. E.S.P. En la estimación de los valores de los costos de reposición se deberán considerar valores eficientes en la construcción del valor de reposición a nuevo del gasoducto, de acuerdo con lo declarado por el transportador.
La UPME publicó la matriz con las respuestas a las observaciones recibidas frente los Documentos para la “selección de un inversionista para la prestación del servicio de almacenamiento de GNL, regasificación, transporte de gas natural y servicios asociados de la infraestructura de importación de gas del pacífico” publicados el 29 de octubre de 2020 mediante circular externa No. 044 de 2020.