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Miércoles, 30 Septiembre 2026

Edición 1732 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

La CREG informa que el plazo para el reporte de información sobre la actividad de comercialización de energía eléctrica a usuarios regulados, solicitado a través de la Circular CREG 287 de 2026, se ha ampliado. Originalmente previsto hasta el 26 de junio de 2026, el nuevo plazo para el reporte de información es hasta el martes 14 de julio de 2026. La información debe ser diligenciada según las instrucciones previas y enviada al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., con el asunto "Circular No. 287– Comercialización EE".
La CREG otorgó prórroga para distribuidores y comercializadores de energía eléctrica. Mediante Circular, se amplía el plazo para el reporte de la información de gastos AOM correspondiente a la vigencia 2025. La fecha límite, que inicialmente era el 26 de junio de 2026, ha sido extendida hasta el martes 14 de julio de 2026. Esta extensión brinda más tiempo a las empresas para cumplir con la solicitud de información emitida previamente en la Circular CREG 291 de 2026, esencial para las actividades de distribución y comercialización de energía eléctrica.
La CREG estableció un programa transitorio para la participación voluntaria de la demanda en la bolsa de energía. Busca mitigar los impactos del mantenimiento programado de la planta de regasificación de Cartagena (30 de julio - 3 de agosto de 2026) en el área Caribe 2, reduciendo los requerimientos de generación térmica y asegurando la operación. Los usuarios de esta región, a través de Representantes RD, ofertan reducciones de consumo (mínimo 1 MW) durante 14 días (27 de julio - 9 de agosto de 2026) con un precio único. El CND acepta ofertas con precios iguales o inferiores a un valor de reserva determinado. Los costos se incluyen en las restricciones del SIN y se asignan a los comercializadores, remunerando la reducción verificada.
La UPME estableció el procedimiento para las solicitudes de conexión definitiva y temporal de usuarios finales al Sistema Interconectado Nacional (STN) y Redes de Transmisión Regional (STR). Esta normativa, que deroga las resoluciones UPME 1041 de 2024 y 757 de 2025, alinea los trámites con la Resolución CREG 075 de 2021. Define dos ciclos anuales para la recepción de solicitudes definitivas y tres momentos de emisión de conceptos, incluyendo la viabilidad de proyectos que requieran obras de expansión ("Fila 1"). Asimismo, regula las conexiones temporales con una vigencia máxima de cinco años, priorizando las asignaciones definitivas. Se excluye del proceso a los autogeneradores que no inyectan excedentes de energía a la red.
El Ministerio de Minas nombró a Karen Schutt, experta comisionada de la CREG y exviceministra de Energía, como gerente técnica del Comité Sectorial. Su función principal es coordinar las acciones preventivas ante el fenómeno de El Niño en el sector minero-energético y supervisar el mantenimiento estratégico de infraestructuras clave, como la Sociedad Portuaria El Cayao (SPEC). Schutt liderará el análisis técnico de variables energéticas e hidrológicas, articulando la colaboración entre entidades públicas y privadas para identificar riesgos y presentar recomendaciones. Esta designación busca fortalecer la preparación, confiabilidad y seguridad del sistema energético nacional frente a impactos climáticos y operativos, garantizando el suministro de energía y gas en Colombia.