Dirigido a agentes de distribución minorista de combustibles líquidos del petróleo y federaciones de distribuidores minoristas, el ministerio informó que la dirección de hidrocarburos, “ante la necesidad de darle continuidad operativa al Fondo SOLDICOM, la agremiación Fendipetróleo, continuará fingiendo como administrador de tal fondo hasta el 30 de diciembre 2021, fecha para la cual se habría reglamento del artículo 7 de la ley 26 de 1989
A través del comunicado emitido por el MinMinas se anunció que “la base gravable de la sobretasa no dejará de estar vigente el 21 de junio de 2021 y, por lo tanto, deberá seguirse recaudando, por lo menos, hasta que dichas sesiones extraordinarias terminen; lo que sucedería, en virtud del Decreto 661, hasta las 12 de la noche del 22 de junio de 2021.”
“El total tomado por el Ministerio quedó compuesto por las estaciones de servicio automotriz, estaciones de servicio fluvial y comercializadores industriales, y se omitieron erróneamente las estaciones de servicio marítimas, cuyas transacciones son de diésel marino y, por ello, también son aportantes al Fondo.” Puede conocer los detalles consultando el documento publicado por la entidad.
El MinMinas anunció que, teniendo en cuenta el panorama actual de consumo inesperado de combustibles en la región durante el periodo de del paro nacional, se toma la decisión de no aplicar la redistribución de los volúmenes máximos asignado en los municipios considerados zona de frontera en el mes de mayo de 2021.