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Conceptos (1336)

A través del presente concepto, SuperSociedades indicó que la intención de la publicación de los proyectos de fusión y escisión tiene como propósito asegurar la divulgación de la operación, permitiendo que terceros interesados, como accionistas, empleados y otros, tengan conocimiento de la reorganización propuesta y puedan ejercer sus derechos. En este sentido, prescindir de la publicación podría ser interpretado como un incumplimiento de las formalidades establecidas por la ley, lo que podría tener implicaciones legales y administrativas. Por lo tanto, se debe cumplir con el requisito de publicación, incluso en ausencia de pasivos o acreedores.

SuperSociedades indicó que las causales de abstención de inscripción de actos y libros son taxativas y se encuentran enumeradas y detalladas en la Circular Externa 100-000002 del 25 de abril de 2022; sin embargo, la Entidad aclaró que si el acto que se pretende inscribir es precisamente el de cancelación de la matricula mercantil, deberá dársele aplicación al pago de los derechos de renovación.

La Entidad indicó que de acuerdo con lo dispuesto en la Circular Básica jurídica, una buena práctica empresarial, contribuye a la obtención de un desarrollo sostenible que le permitirá al país continuar por la senda de iniciativas nacionales e internacionales que le permitan transformar y/o mejorar el uso de los recursos de su entorno desde lo diferentes ámbitos en los que se enmarca la población (social, económico, cultural y político). Así, el sector empresarial iniciará un camino hacia el logro de la sostenibilidad a través de la adopción de prácticas que guíen a las Entidades Empresariales a tener un interés social y ambiental, y no solo económico”.

La Entidad indicó que el otorgamiento de poder supone la representación de derechos de que es titular el otorgante, para administrarlos, disponer de ellos o cumplir con el encargo que sobre el particular sea conferido, por lo que es de recibo por ejemplo que un socio pueda otorgar poder para ser representado en asamblea general de accionistas. Por su parte, los directivos de la sociedad puedan ser remplazados en sus faltas por sus suplentes. Ahora bien, en el caso del secretario y presidente designados en asamblea general de accionistas o en junta directiva, y de la designación de comisionado para aprobación del acta, su actuación tiene consecuencias en los efectos jurídicos de las decisiones cuya constancia les ha sido encomendada, por razón de la inmediatez de los hechos sobre lo que deben dar fe, además de la confianza que ha sido depositada en los mismos, por lo que no es de recibo que los mismos puedan otorgar poder a un tercero para que ejecute la labor encomendada.

A través del presente concepto la SuperSociedades indicó que la determinación de los montos de ingresos y activos totales para establecer las entidades que quedarían sometidas a la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades, no deben calcularse en función de Unidades de Valor Básico (UVB), sino con base en lo dispuesto en el Artículo 2.2.2.1.1.1 del Decreto 1074 de 2015, esto es, con base en Unidades de Valor Tributario (UVT). Así las cosas, para la presente vigencia, se deberá tener en cuenta la UVT aplicable para el año 2024 que corresponde a $47.065, cuyo cálculo se determinará de la siguiente manera: UVT 2024 $47.065. Número UVT para vigilancia por activos o ingresos D-1074 de 2015, 789.390,6 y Monto para vigilancia por activos o ingresos 2023 $37.152.668.589.

La determinación de los montos de ingresos y activos totales para establecer las entidades que quedarían sometidas a la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades, no deben calcularse en función de Unidades de Valor Básico (UVB), sino con base en lo dispuesto en el Artículo 2.2.2.1.1.1 del Decreto 1074 de 2015, esto es, con base en Unidades de Valor Tributario (UVT).  Para la presente vigencia, se deberá tener en cuenta la UVT aplicable para el año 2024 que corresponde a $47.065, cuyo cálculo se determinará de la manera como se encuentra indicado en el presente concepto.

La Entidad advierte que independientemente de que en la reforma estatutaria de escisión que se pretenda promover, en el que la sociedad beneficiaria corresponda a una sociedad extranjera, la operación debe encontrarse sujeta al régimen jurídico colombiano por razón de la nacionalidad de la sociedad escindente.

El voto en blanco cobra relevancia frente a decisiones, esto es frente al quórum  decisorio y no deliberatorio; es así como el artículo 431 del Código de Comercio, establece que el libro de actas deberá contener entre otros temas los asuntos  tratados, las decisiones adoptadas y el número de voto emitidos en favor, en  contra o en blanco.  Así las cosas, cuando alguno de los socios vote en blanco, esta neutralidad si bien no suma para el afirmativo o negativo, sí puede evitar que se configure la mayoría requerida frente a un porcentaje exigido en la ley para adoptar la decisión.

Los objetivos y principios del régimen de insolvencia se soportan bajo el orden legal y constitucional, encontrando con ello, para la prelación de créditos, un orden de prioridad para el pago de obligaciones de acuerdo con su naturaleza. Al momento de presentar la solicitud el deudor informará al juez acerca de su existencia y presentará un plan para la atención de dichos pasivos, los cuales deberán satisfacerse a más tardar al momento de la confirmación del acuerdo de reorganización. Si a esa fecha no se cumpliere dicha condición, el juez no podrá confirmar el acuerdo que le fuere presentado.

“Las Entidades Empresariales que se encuentren bajo vigilancia o control por parte de las Superintendencia de Sociedades, y que hubieren alcanzado ingresos totales o activos iguales o superiores a cuarenta mil (40.000) SMLMV, con corte al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Las Entidades Empresariales que hagan parte de alguno de los sectores que se presentan a continuación, y que a su vez cumplan con la totalidad de los requisitos que se señalan en los mismos.  Por lo tanto, a partir del texto citado, es claro que se trata de recomendaciones que imparte esta Entidad a sus supervisadas y, en consecuencia, las Entidades Empresariales a quienes se dirigen tienen la facultad de determinar discrecionalmente su adopción”.