“La Corte Constitucional protegió los derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a la administración de justicia, al mínimo vital, a la igualdad, a la dignidad humana e integridad personal, física y psicológica de un joven de 27 años diagnosticado con diversos trastornos psiquiátricos, los cuales le ocasionan déficit cognitivo, pérdida de autonomía e independencia y necesidad de tratamiento psiquiátrico”.
De acuerdo con el Boletín que sustenta la decisión, “los hechos ocurrieron en mayo de 2018 cuando las comunidades ribereñas de los municipios de Sabanalarga, Ituango, Toledo, San Andrés de Cuerquia, Briceño, Valdivia y Caucasia debieron desalojar sus tierras por la creciente, lo cual hizo que el ciudadano perdiera su vivienda y las fuentes de ingreso, puesto que se dedicaba a
“Con la firma del documento “Compromisos Fundamentales con la Equidad” por parte de las magistradas y los magistrados de la Corte Constitucional, la entidad hizo la presentación oficial de su Política de Equidad de Género y Cero Tolerancia con las Violencias, la cual busca cumplir con los más altos estándares en materia de igualdad de derechos, oportunidades y no
“La Corte Constitucional tuteló los derechos de un ciudadano que le pidió al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) continuar el proceso para reconocer la paternidad de quien argumenta ser su hijo. El adolescente nació en el 2004 y desde el 2016 se encuentra bajo cuidado del ICBF que ordenó su permanencia en un hogar sustituto ese mismo año”.
A través de comunicado oficial, la “Corte Constitucional recordó a las Empresas Prestadoras de Salud (EPS) que ante la ausencia de prescripción médica para conceder los insumos y servicios en salud que requiere un paciente, la entidad está obligada a adelantar las gestiones administrativas correspondientes para garantizar el derecho al diagnóstico de la persona”.
De acuerdo con el presente boletín "La Sala Plena de la Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos, decidió en sesión del 24 de noviembre del presente año convocar a audiencia pública dentro de la revisión de la acción de tutela formulada por José María Arroyo Izquierdo contra la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías y Zarwawiko
A través de comunicado, la “Corte Constitucional recordó que las personas que se encuentren en situación de debilidad manifiesta son titulares del derecho a la estabilidad laboral reforzada, aunque desempeñen cargos en provisionalidad”.
El pronunciamiento fue hecho al estudiar una tutela que presentó un ciudadano, debido a que la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías, Porvenir S.A., lo bloqueó en el sistema pensional después de recibir la devolución de saldos que reclamó al sufrir un accidente que le ocasionó una pérdida de capacidad laboral del 52.45% en el 2011, puesto que no reunía
“La Corte Constitucional amparó los derechos de una ciudadana que reclamó el reconocimiento de los perjuicios materiales (lucro cesante), que fueron negados por la Sección Tercera del Consejo de Estado, en un proceso de reparación directa. En el 2019, el máximo tribunal de lo Contencioso Administrativo confirmó la responsabilidad del Estado por el homicidio de un
“La Corte Constitucional le hizo un llamado a la Superintendencia de Notariado y Registro para que capacite a los curadores urbanos y a las oficinas de planeación de todo el país sobre el deber que tienen de revisar, al momento de decidir si aprueban o no una licencia de construcción, si el respectivo proyecto cumple las normas aplicables en materia de accesibilidad para