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Boletín

Boletín (332)

“La Corte Constitucional le dio dos meses de plazo al Ministerio del Trabajo para que expida una regulación mediante la cual disponga los rangos para el reconocimiento de la pensión familiar en el Régimen de Prima Media con base en la nueva metodología IV del SISBÉN. La orden hace parte de un fallo de tutela concedido a una pareja de esposos adultos mayores que solicitaron

Para la Corte, “con ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos, es abiertamente inconstitucional que un colectivo indígena que ya había sido reconocido como víctima del conflicto armado, y que solicitaba con urgencia la adopción de medidas de protección de emergencia por amenazas y hostigamientos recientes, se le niegue siquiera el estudio de su petición por un trámite

Una ciudadana instauró acción de tutela en contra de una administradora de riesgos laborales (ARL), luego de que ésta se negara a reconocer y pagar la pensión de sobrevivientes por la muerte de su compañero permanente, bajo el argumento de que la misma tuvo un origen común y no laboral, pese a todas las pruebas que fueron aportadas.

Con ponencia del magistrado José Fernando Reyes Cuartas, la Corte Constitucional señaló que, “si bien las EPS están facultadas para suspender la afiliación de los usuarios que incurran en mora en el pago de las cotizaciones, un aspecto netamente económico no puede constituir una barrera para el goce efectivo del derecho a la salud”.

En el último boletín emitido por la Corte Constitucional, se indicó que “ambos tribunales expusieron los retos que han enfrentado para proteger las libertades y derechos fundamentales en medio de la pandemia mundial del Covid-19, que ha obligado a los países a adoptar restricciones a tales libertades y derechos. Al mismo tiempo, resaltaron la importancia del juez constitucional en la

La Defensoría del Pueblo presentó una acción de tutela en representación de todas las mujeres afectadas por los comentarios hechos en diciembre de 2018, por el máximo accionista del Club Deportes Tolima S.A., quien en una en rueda de prensa, al referirse al fútbol femenino afirmó: “eso anda mal.. son más tomatragos que los hombres... pregúntele a los del Huila como están de

“La Corte Constitucional protegió el derecho a la educación de una menor de edad de nacionalidad venezolana, a quien le fue negado un cupo escolar en un colegio del municipio de Mosquera, Cundinamarca por no estar afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) ni presentar los certificados escolares que demuestren los estudios realizados por la menor

“La Corte Constitucional reiteró que es obligación de las EPS contar con la disponibilidad de infraestructura y tecnologías necesarias para la atención en salud integral que requiera todo usuario, lo cual implica el deber de garantizar una red de prestación de servicios completa en el domicilio de sus afiliados”.

“La Corte Constitucional protegió el derecho a la educación de una menor de edad que, por vivir en una vereda apartada del casco urbano del municipio de Chaparral, Tolima, no pudo iniciar sus estudios de bachillerato, debido a que el colegio más cercano queda a más de dos horas de su lugar de residencia y su familia no cuenta con el dinero suficiente para pagar el transporte”.

“La Corte Constitucional protegió los derechos de una religiosa que pertenece a la comunidad de las Hermanas Clarisas del Monasterio Santa Clara de Cali. La accionante argumentó que se vulneraron sus derechos fundamentales al mínimo vital y a la salud por negarse a cubrir el costo de una alimentación especial para diabéticos, por no consignarle una cuota mensual suficiente