sin que fuere superior a la suma aritmética de las que correspondan a las ' respectivas conductas punibles debidamente dosificadas cada una de ellas”.
A través de la Ley, se modifica el artículo 31 del Código Penal, sobre concurso de conductas punibles. “El que con una sola acción u omisión o con varias acciones u omisiones infrinja varias disposiciones de la ley penal o varias veces la misma disposición, quedará sometido a la que establezca la pena más grave, según su naturaleza, aumentada hasta en otro tanto,
sin que fuere superior a la suma aritmética de las que correspondan a las ' respectivas conductas punibles debidamente dosificadas cada una de ellas”.