El ministerio de salud identificará nominalmente, previo al inicio de la vacunación a través del portal “mi vacuna covid-19”, a las personas que conforman los grupos priorizados en las etapas que integran la fase 1 y a las personas priorizadas en la etapa 4 de la fase 2, de que trata el artículo 7 del presente decreto, expedido por el Gobierno Nacional.