En ese mismo orden de ideas, los residentes y los IMC pueden obtener créditos de no residentes desembolsados en moneda legal. Estas operaciones deben ser informadas al BR por el deudor con la presentación del Formulario No. 6 “Informe de crédito externo otorgado a residentes”, dentro de un plazo máximo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha de desembolso de los recursos.