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A través de concepto, el MinTransporte repasó la normativa vigente sobre la obligatoriedad de portar licencia de conducir y edad mínima de menores de edad para ser acompañantes

Escrito por  Jun 18, 2021

La normativa vigente establece que, ningún vehículo automotor incluyendo la motocicleta podrá circular por las vías del territorio nacional sin el porte de la licencia de tránsito.

Los menores de diez (10) años no podrán viajar en el asiento delantero del vehículo. Por razones de seguridad, los menores de dos (2) años solo podrán viajar en el asiento posterior haciendo uso de una silla que garantice su seguridad y que permita su fijación a él, siempre y cuando el menor viaje únicamente en compañía del conductor.

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