Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

SSPD reitera condiciones para adelantar las medidas de suspensión de servicios por mora

Escrito por  May 25, 2021

A través del concepto quedó establecido que, en caso de presentarse mora del usuario o suscriptor en el pago de los servicios, los prestadores están facultados para suspender

el servicio prestado. Se reitera que durante la emergencia del Covid 19 no se podrá adelantar actividades de suspensión de servicios. En cuanto al plazo para ejercer dicha medida, será el que determine el prestador de servicios públicos domiciliarios de acuerdo con lo dispuesto en el contrato de condiciones uniformes.

Descargar documento

Modificado por última vez en Martes, 25 Mayo 2021 12:47