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Decreto del Gobierno actualizó el concepto de establecimientos de gastronomía y bares turísticos y reglamentó otras disposiciones complementarias

Escrito por  Abr 07, 2021

A través del decreto el Gobierno Nacional actualizó el concepto de establecimientos de gastronomía y bares turísticos, de manera que responda al potencial actual que tiene este sector dentro del turismo y les permita a aquellos acceder a los beneficios y cumplir los deberes que implica contar con Registro Nacional de Turismo. “Para todos los efectos legales, un establecimiento de gastronomía o bar

adquiere la condición de "turístico" cuando voluntariamente decide clasificarse como tal y se inscribe en el Registro Nacional de turismo. En caso de que un establecimiento de gastronomía o bar se encuentre ubicado en un establecimiento hotelero y/o de hospedaje y forme parte de los servicios complementarios ofrecidos por este, la inscripción en el Registro Nacional de Turismo se entenderá cumplida con el registro del hotel, sin que haya lugar a la inscripción del restaurante o bar separadamente”.

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