En los Artículos 2 y 3 de la Resolución CREG 005 de 2010 se establecen los requisitos y condiciones técnicas que debe cumplir el proceso de producción combinada de energía eléctrica y térmica para ser considerado como un proceso de cogeneración y vender energía al sistema. Puede conocer los detalles consultando el documento publicado por la entidad.