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Se designa como sucesor procesal de la Autoridad Nacional de Televisión al Ministerio de Tecnologías de la Información: Consejo de Estado

Escrito por  Jul 01, 2020

El Consejo de Estado establece que, en el asunto objeto de análisis se demandó la resolución que reajustó unas autoliquidaciones de compensación por la utilización y explotación de los canales radioeléctricos del Estado, el despacho considera que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones debe ser declarado como su sucesor procesal de la Agencia Nacional de Televisión, toda vez que asumió las funciones relacionadas con este tipo de asuntos.

 

De conformidad con la norma, existen los siguientes tipos de sucesión: i) sucesión procesal por muerte, ausencia o interdicción, ii) sucesión procesal de la persona jurídica extinta o fusionada y iii) sucesión por el cesionario derivado de acto entre vivos -venta, donación, permuta, dación en pago, entre otros-, caso este último en el cual la parte contraria debe aceptar la sustitución para que opere el fenómeno jurídico de la sucesión procesal, de lo contrario deberá vinculársele como litisconsorte.

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