El Ministerio de Ambiente explicó cómo se deben calcular las multas por infracciones ambientales, abordando la coexistencia de dos marcos normativos. Ante la inquietud sobre si la Unidad de Valor Básico (UVB) reemplaza directamente el salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV) en estas liquidaciones, la autoridad ambiental aclaró que, aunque la legislación ambiental específica sigue mandando el cálculo inicial de las sanciones en salarios mínimos, el valor final resultante debe ser obligatoriamente convertido a su equivalente en UVB, según una norma general que busca estandarizar y desindexar cobros. Esta interpretación armónica significa que las multas se tasan primero en SMLMV, y luego se expresan en UVB para su referencia, con el pago final siempre en pesos colombianos. El Ministerio enfatiza que las autoridades no pueden saltarse la fase de cálculo en salarios mínimos para liquidar directamente en UVB sin una reforma legislativa. Este proceso formalmente cumple el mandato de desindexación.