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CREG precisa cómo deben aplicarse los umbrales de potencia para los autogeneradores de energía

Escrito por  Jul 22, 2026

La CREG precisó criterios para la aplicación de los umbrales de potencia de autogeneradores. La Entidad explica la distinción entre la capacidad instalada, que clasifica a un usuario como Autogenerador a Pequeña Escala (hasta 1 MW) o a Gran Escala (superior a 1 MW), y la potencia máxima declarada. Esta última, que representa la capacidad instantánea máxima a inyectar en la red, es el criterio fundamental para acceder a los procedimientos simplificados de conexión. Así, un autogenerador de gran escala puede beneficiarse de trámites simplificados siempre que su potencia máxima declarada sea inferior a 5 MW, cumpliendo con la Ley 1715 de 2014. El umbral de 5 MW se interpreta, entonces, como potencia máxima declarada y no como capacidad instalada, facilitando la conexión a la red de sistemas con excedentes.

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Modificado por última vez en Martes, 21 Julio 2026 17:53