El Ministerio de Ambiente abordó la compleja aplicación de la Resolución 0627 de 2006 en el monitoreo de ruido, especialmente durante procedimientos de flagrancia. Ante las dificultades técnicas y metodológicas reportadas, el Ministerio subraya que la normativa ambiental, incluida la medición mínima de 15 minutos (o idealmente una hora) para el ruido con y sin fuente, sigue siendo fundamental para las autoridades ambientales en el control de emisiones que excedan los máximos permisibles. Sin embargo, con la Ley 2450 de 2025 (Ley contra el Ruido), se fortalecen las competencias policiales, permitiendo a la policía actuar sin mediciones técnicas si la perturbación es evidente y afecta la tranquilidad, promoviendo una coordinación efectiva entre entidades para optimizar la protección del ambiente y la convivencia.