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DIAN aclaró base de autorretención especial para beneficiarios de patrimonios autónomos

Escrito por  Mar 13, 2026

La DIAN hizo precisiones sobre la base de autorretención especial del Impuesto sobre la Renta. Según la entidad, para los pagos o abonos en cuenta que perciban los beneficiarios de patrimonios autónomos, la base imponible corresponderá únicamente a aquellos valores que sean susceptibles de constituir ingreso tributario. Esta aclaración se fundamenta en el inciso 1 del artículo 1.2.6.7 del Decreto 1625 de 2016 y el parágrafo 1 del artículo 102 del Estatuto Tributario, buscando precisar las obligaciones de autorretención en estos contextos fiduciarios.

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Modificado por última vez en Jueves, 12 Marzo 2026 21:15