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Texto del fallo de la Corte en el que se inhibió de decidir sobre demanda contra norma del E.T. que excluye de renta ingresos por mercancías extranjeras en Centros de Distribución Logística Internacional (CDLI)

Escrito por  Mar 13, 2026

Está disponible el fallo de la Corte en el que se declaró inhibida para fallar sobre la demanda que buscaba la inconstitucionalidad de un aparte del artículo 25 del Estatuto Tributario. Este artículo exime de impuesto sobre la renta a ingresos por mercancías extranjeras en Centros de Distribución Logística Internacional (CDLI) ubicados en aeropuertos, puertos marítimos y fluviales de Guainía, Vaupés, Putumayo y Amazonas.

La decisión se fundamentó en la "ineptitud sustantiva" de la demanda. Los accionantes argumentaron que la norma creaba un beneficio tributario injustificado para los operadores de los CDLI, afectando la igualdad y equidad. Sin embargo, la Corte aclaró que la disposición define qué ingresos de sociedades extranjeras o personas sin residencia no son de fuente nacional, no siendo los operadores de los CDLI los destinatarios de esta exención. Esta interpretación errónea llevó a que los cargos no cumplieran los requisitos de certeza y especificidad, imposibilitando un pronunciamiento de fondo.

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Modificado por última vez en Jueves, 12 Marzo 2026 21:03