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SuperSociedades: sociedades vigiladas por la SSPD no se encuentran obligadas a adoptar el programa de transparencia y ética empresarial

Escrito por  Ene 14, 2021

De acuerdo con el 220-271316-2020 el deber de adoptar el Programa de Transparencia y Ética Empresarial está únicamente se reputa respecto de las entidades sujetas a la vigilancia la SuperSociedades. En consecuencia, la medida no aplica a empresas de servicios públicos.

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Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 16:25