El decreto prohíbe la facturación de energía para inmuebles afectados hasta que el servicio sea seguro y restablecido. Además, difiere pagos por consumos anteriores hasta 12 meses, y hasta 36 meses para reposición de equipos dañados, sin intereses. Se suspenden por dos años sanciones a operadores de red por subejecución de inversiones y se crea un régimen tarifario especial que prioriza la asignación de energía más económica a zonas afectadas, buscando garantizar la continuidad del servicio y aliviar a los usuarios, especialmente de estratos 1, 2 y 3.