El Consejo de Estado revocó parcialmente el fallo del Tribunal Administrativo de Nariño al concluir que el Ministerio de Educación sí está legitimado en la causa por pasiva y debe concurrir, en el marco de sus competencias, a superar la vulneración de derechos colectivos en la Institución Educativa Sagrado Corazón de Jesús de San Lorenzo (Nariño). La Sala confirmó que se acreditó el deterioro estructural de los cuatro bloques del plantel, con fisuras, grietas, humedades, inestabilidad del terreno, oxidación de estructuras y riesgo derivado de una quebrada cercana, lo que compromete la seguridad pública, la prevención de desastres previsibles, el acceso eficiente a los servicios públicos y condiciones ambientales adecuadas para la comunidad educativa. Aunque la obligación directa de mantenimiento y construcción recae en el Departamento y el Municipio, el alto tribunal enfatizó que el Ministerio, como cabeza del sector educativo y administrador del Fondo de Financiamiento de la Infraestructura Educativa (FFIE), tiene funciones de dirección, coordinación, vigilancia y asistencia técnica y administrativa que lo obligan a colaborar activamente para materializar el proyecto de nueva infraestructura y garantizar el restablecimiento efectivo de los derechos colectivos afectados.