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ANM detalla la naturaleza jurídica de la servidumbre minera por razones de utilidad pública e interés social

Escrito por  Feb 17, 2026

La ANM explicó que la servidumbre minera es una limitación legal al derecho de propiedad que permite a los titulares de derechos mineros usar predios ajenos para desarrollar actividades de exploración y explotación, con indemnización al propietario afectado. Su naturaleza jurídica es la de una servidumbre legal, administrativa y forzosa, derivada directamente de la ley y vinculada al carácter estratégico del sector minero. La ANM recordó que la actividad minera ha sido declarada de utilidad pública e interés social por la Constitución y la ley, lo que justifica la imposición de servidumbres y, en casos extremos, la expropiación, siempre respetando el debido proceso y la compensación económica.

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Modificado por última vez en Lunes, 16 Febrero 2026 19:37