El Ministerio de Ambiente aclara que la normativa no clasifica los programas obligatorios por tipo de empresa, sino por la actividad o recurso impactado. Las empresas deben implementar programas como el de Uso Eficiente y Ahorro del Agua (PUEAA) si solicitan concesión, Programas de Reducción y Manejo de Riesgo para sustancias químicas industriales prioritarias (para importadores/fabricantes), Programas de Capacitación para el manejo seguro de residuos peligrosos (generadores de residuos de plaguicidas), y Programas de Manejo Ambiental de Residuos de Construcción y Demolición (grandes generadores). Estas medidas son fundamentales para el uso, manejo, conservación y recuperación de recursos naturales, y para mitigar impactos contaminantes en agua, suelo y aire, sin perjuicio de otras obligaciones ambientales vigentes.