La ANM precisa que el Comité de Conciliación es una instancia administrativa para prevenir daños y decidir sobre solución de conflictos, regida por la Resolución 414 de 2023. La póliza minero-ambiental, obligatoria bajo el Artículo 280 de la Ley 685 de 2001, cubre obligaciones mineras, ambientales, multas y la caducidad del contrato, debiendo mantenerse vigente durante la concesión y tres años adicionales. Su efectividad y ejecución se rigen por la Resolución 338 de 2014. En caso de caducidad o multas, tras agotar el debido proceso y garantizar la defensa, la Autoridad Minera cuantifica el perjuicio y ordena el pago al contratista y garante, constituyendo el acto administrativo el siniestro de la póliza.