La SSPD precisa que la medición del consumo debe ser el elemento principal del precio. Es obligatorio usar instrumentos de medida disponibles para facturar. Ante desviaciones significativas (variaciones en el consumo fuera de los límites promedio), el prestador debe investigar la causa. Mientras se investiga, el consumo se determina por (I) promedio de periodos anteriores, (II) promedio de usuarios similares, o (III) aforo individual. Una vez establecida la causa, se factura lo realmente consumido, ajustando los cobros provisionales. Si se detecta una fuga imperceptible, el usuario tiene dos meses para repararla. Durante este plazo, se cobra el promedio de los últimos seis meses; luego, se cobra el consumo medido. El procedimiento de investigación por desviaciones debe ceñirse al Contrato de Condiciones Uniformes, respetando el debido proceso.