La cesión de permisos de emisiones atmosféricas en el marco de una licencia ambiental debe notificarse expresamente a la autoridad ambiental competente para que tenga efectos legales. Aunque el permiso puede cederse tanto durante su otorgamiento como vigencia, la cesión no es automática ni inmediata tras la comunicación, sino que requiere un pronunciamiento expreso mediante acto administrativo, dentro de un término máximo de 30 días hábiles. El cesionario asume todos los derechos y obligaciones del permiso en el estado en que se encuentre, sin eximir la responsabilidad del cedente por incumplimientos ambientales. Este procedimiento está regulado especialmente en el Decreto 1076 de 2015, que prevalece sobre normas generales y garantiza la legalidad y control en la transferencia de estos permisos.